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DERECHOS Y POLÍTICAS DE LA ANIMALIDAD

Suturas entre lo jurídico, lo filosófico-político y la reproducción de la identidad carnívora

Ana María Aboglio – Guido Ferro

Un corte transversal en la construcción de la sociedad del presente representaría, en más o en menos, lo siguiente: en la cima, los magnates dirigentes de los distintos grupos del poder capitalista (...); luego, el proletariado, desde los obreros calificados, pasando por los no calificados, hasta llegar a los desempleados permanentes, los indigentes, los ancianos y enfermos (...) Por debajo de esto, comienza el verdadero fundamento de la miseria, sobre el cual se levanta este edificio (...)

 

Debajo de aquellos sitios en donde mueren de a millones los culis del mundo, habría que representar también la miseria indescriptible, inimaginable de los animales, el infierno animal [die Tierhölle] de la sociedad humana, el sudor, la sangre, la desesperación de tales animales. Esta casa, cuyo sótano es un matadero [ein Schlachthof] y cuyo techo es una catedral, realmente concede, desde las ventanas de los pisos más elevados, una bella vista del cielo estrellado.

 

(Max Horkheimer - Der Wolkenkratzer)[1]

 

 

I. Introducción: auspicios de una perpetuada y todavía fomentada tradición sarcofágica

 

La producción de animales como objetos de consumo está sostenida en Argentina por una impresionante red de fomento institucional que atraviesa diferentes sectores sociales, creando y propiciando la normalización del uso de los demás animales. Sea para ingerirlos, experimentar con sus cuerpos, utilizarlos para entretenimiento, como competidores o para obtener su piel, pelo, leche, huevos, etc., su comercialización implica una planificación tanatopolítica que favorece el crecimiento de estas actividades sin descuidar en lo más mínimo la subjetivación del consumidor.

De modo previo a ocuparnos específicamente de nuestro objeto de estudio y crítica, creemos relevante señalar algunas leyes nacionales, replicadas usualmente en el ámbito provincial y municipal, sobre la temática que nos ocupa. Estas normas dan lugar al surgimiento de instituciones y planes educativos que se desarrollan en paralelo, con manuales para las Escuelas Agrarias como los del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, Ministerio de Agroindustria y entidades afines, orientados hacia metas generales y específicas similares a las implementadas por asociaciones y fundaciones civiles. Leyes y producción discursiva y política posterior que cosifican al sintiente no humano de manera directa. Así, por ejemplo, la Ley 23.634, de 1988, declarando de interés nacional la promoción, fomento y desarrollo de la cunicultura. En 2001, la Ley 25.422, para la recuperación de la ganadería ovina. En 2002, la Ley 25.679, declarando de interés nacional la cría del ñandú petiso y del sori. En 2003, Ley Nº 25.747, de promoción y producción del gusano de seda. En 2006, la Ley 26.141, para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina. En 2015, la ley 27.231, para el desarrollo sustentable del sector acuícola. Ello, a diferencia de otras, como la Ley 22.421 de Conservación de la fauna, informada por una ética ecológica antropocéntrica que propicia el uso sustentable de los recursos “naturales” y la protección de las especies en peligro de extinción, para salvaguardar tanto la actividad cinegética como el “hostigamiento, captura o destrucción de sus crías, huevos, nidos y guaridas, tenencia, posesión, tránsito, aprovechamiento, comercio y transformación de la fauna silvestre y sus productos o subproductos” (art. 4).

El foco analítico de este trabajo se concentrará en una ley que se inscribe en la línea de las previamente señaladas: la 25.507 de 2001, que crea el activo Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (en adelante: “el Instituto”), ente de derecho público no estatal.

Estudio, investigación, incentivos a la producción, promoción de bancos genéticos, afianzamiento y extensión de la cría del animal no humano: todos objetivos acompañados del fomento al consumo cárnico “a través del esclarecimiento de información pública respecto de las condiciones proteicas de la misma”. El marco tecno-científico es altamente valorado para la optimización del producto, subproducto y actividades afines.

En los nexos entre el “fabricante” de animales –llamado productor– y las autoridades gubernamentales y legislativas, se asientan asociaciones como la fundada en 1922 para la promoción de porcinos. Destaca en un número de su revista el gran foco de atención que representan las hembras madres lactantes. El objetivo principal es que tengan alta producción láctea para destetar la mayor cantidad posible de lechones de buen peso y que entren en celo fértil rápidamente después del destete. Podríamos observar una maquinización del animal que siempre tiene en cuenta su “bienestar” a los efectos de extraer su mayor capital productivo.

 

En primer lugar, nos ocuparemos aquí de estudiar una característica muy propia de leyes como esta: el fomento explícito del consumo y la explotación animal. Si, en general, los animales no humanos son arrojados hacia la más feroz desprotección por parte del sistema jurídico, aquellos casos en los que las herramientas del Estado se ponen en pos de promover su uso y exterminio claman por una especial atención.

Asimismo, trazaremos ciertas intertextualidades –desde una lógica abolicionista y antiespecista– entre el funcionamiento general y, específicamente, las producciones (propagandísticas, bibliográficas, “educativas”) del Instituto, las cuales se encuentran fielmente fundadas en su competencia normativa y prácticas de maltrato animal muy propias de la tradición argentina.

En dicho marco, presentaremos las principales campañas del Instituto desde una perspectiva crítica.

Cabe resaltar, desde ya, que dicho ente público no estatal es sostenido por un Fondo creado por esta misma ley a expensas de los propios animales: no solo producen ganancias a sus dueños sino que parte de las mismas son destinadas al riego del suelo donde crecerán los dispositivos ideados para mantener en constante actividad el circuito de destrucción de quienes nosotros consideramos indubitablemente víctimas.

 

II. De desprotecciones y fomentos

 

Cómo posarse en posibles fisuras, en grietas o heridas de ese edificio jurídico tan antropocéntrico, tan ensimismado en la figura de lo humano (y, sobre todo, de ciertos humanos), es, en buena medida, uno de los ejes respecto de los cuales esta sección de Animula procura indagar, horadar, y en un mismo movimiento, discernir posibles líneas (siempre provisorias y revisables) de acción. 

Ahora bien, los planos autoritativos del derecho, por su misma constitución, asumen aproximaciones sumamente disímiles respecto a los animales no humanos, aunque enmarcadas en el ya mentado antropocentrismo que se pretende fundante. Pero en lo que aquí nos concierne, en el análisis de la ley de creación y regulación del funcionamiento del Instituto, quizás convenga llamar la atención en lo siguiente: estamos no solo ante un caso de omisión y desprotección por parte del derecho, sino que aquí la norma se ocupa de modo explícito de adoptar una actitud positiva y activa: la del fomento. Y es así que entre las competencias del Instituto se listan las de “promover el aumento del consumo local de carne vacuna y el fomento de las exportaciones cárnicas” (art. 3): promoción y fomento (términos demasiado caros al derecho administrativo argentino) cuyo objeto no recae sino en la explotación exacerbada del animal.

Si de pensar un derecho más hospitalario con los animales no humanos se trata –aún asumiendo, Derrida mediante, que del cálculo nunca podemos escapar–, hay una distinción que no hemos de omitir: el silencio de una norma que se funda en un sujeto jurídico humano siempre implica una distancia asimétrica entre ese quién y el resto de lo existente, entre aquél que “posee” (de un modo propietario, dominial) derechos frente a los que no (entre ellos: los animales no humanos); pero la actividad viril y carnocéntrica del sistema jurídico no descansa allí: no contentas con despojar de todo derecho a los animales, legislaciones como las de marras pretenden lisa y llanamente aumentar la actividad pública en pos de hacer valer aún más aquella escisión fundante del derecho, exacerbando la asimetría y promoviendo la matanza, el consumo y el exterminio del animal.

Entonces, la deconstrucción de ese derecho centrado aún de modo árkhico o fundante en el sujeto moderno (humano, demasiado humano) parece enfrentar mayores asperezas en casos como el que aquí nos ocupa, y es por eso que si toda normativa de borradura de derechos del animal ha de llamar nuestra atención, hemos de ocuparnos con la misma (o quizás mayor) urgencia de aquellos casos en los que hay un esfuerzo explícito por fomentar, promover e incentivar dicha explotación. Hospitalidad condicionada que, en la letra de la ley y sus perniciosas consecuencias, pretende repeler cualquier tipo de Justicia y tornarse cada vez más inhóspita hacia lo animal.

Vale la pena, entonces, insistir en esta doble actividad del legislador. Si el silencio, la omisión, el callar-se ante un sistema jurídico que arroja a los animales hacia el status de cosa, que históricamente los segrega como aquello disponible por los humanos, implica per se su desprotección, o, mejor: la legitimación de su uso y explotación, toda autorización de fomento en el marco del “uso” respecto del animal, no hace sino doblegar las fuerzas antropocéntricas del aparato legal y autoritativo.

Y así, a “el” legislador argentino, a esa figura en la que las voces del derecho siguen apelando –Rousseau mediante– a antiquísimas tradiciones, parece no bastarle con el desconocimiento de cualquier tipo de derechos respecto del animal no humano, sino que redobla su apuesta: es necesario promover su exterminio, su consumo, su utilización para fines humanos. El prácticamente nulo debate en el derrotero legislativo previo a la aprobación de la ley bajo análisis da cuenta de ello. Y, así, quizás el vocablo que más se reitera en los antecedentes parlamentarios es, precisamente, el de promoción[2]

Sarcofagia promovida desde aquel Estado que antes que proteger a quienes se presentan como vulnerables frente a la máquina antropológica, los subsume más bien en una mayor desprotección. Movimiento que a su vez tiñe de insuficiencia e, incluso, de sistemática hipocresía, a aquellas normas que, desde una lógica bienestarista y a todas luces especista, supuestamente procuran “remediar” el maltrato animal.

En efecto, el mismo Instituto, en el marco de las competencias del ya citado artículo 3º de la ley, publica asiduamente campañas relativas al bienestar animal,[3] temática de la que nos ocuparemos con mayor extensión en el apartado IV del presente. Pero vale resaltar desde ahora cómo se encuentra  allí una extraña (y triste) pareja: la de quienes cargan con el fomento y aumento consciente del consumo animal, pero, a su vez, procuran enmarcarlo en un sufrimiento supuestamente admisible cuya legitimidad se acentúa en el cómo: asesinemos (y no solo eso: ¡fomentemos, desde el aparato mismo del Estado, el asesinato!), en la medida que sea un asesinato “cuidado”.

Y si la tipicidad penal encuentra allí barreras incluso lingüísticas (si hay un no feliz extrañamiento en la imposibilidad de que “asesinato” y “animal” se enuncien en un mismo sintagma), es precisamente porque todo animal no humano sigue siendo, a las luces de nuestro ordenamiento jurídico (y de su subjetivísima metafísica subyacente), nada más que recurso.

III. Actividades de fomento estatal: tradición de cosa ¿inerte?

En tanto recurso, en tanto algo a la mano, la figura del animal se presenta o re-presenta  en la ley y en la actividad posterior del Instituto, como cosa “sintiente”, como stock a ser consumido y, finalmente, asume también, en el sentido más etimológico y cruento, el carácter de objeto de fomento, objeto de sarcofagia incentivada, objeto en un doble o múltiple sentido.

La retórica de la misma ley y de la producción propagandística consecuente del Instituto dan cuenta de ese carácter objetual del animal, carente de todo tipo de “individualidad diferenciada”, como ya señalaba hace siglos Salt.[4] Y, en dicho marco, abundan también las apelaciones a referentes ausentes[5]: faena, res, cabezas. Artilugios retóricos que no hacen sino esconder aquello de lo que en verdad se trata: una normativa que refuerza el sufrimiento animal, que fomenta los asesinatos de animales concretos, de vidas específicas, de familias y comunidades enteras; y, en dicho marco, la existencia sostenida y el financiamiento de un ente público no estatal –cuestionada figura en el marco del derecho administrativo argentino[6]– cuya actividad toda se inscribe en ese doble movimiento de promover asesinatos de animales y a su vez encubrirlos, disfrazándolos de beneficios generales bajo el manto inmaculado de una inamovible “tradición”.

Traditio que en su significación más jurídica (deudora de aquellas herencias tan ambivalentes que nos legó el viejo Derecho Romano), pero también más etimológica (e incluso gramatical), siempre clama por el más objetual de los acusativos: tradere que, de modo patentemente originario, siempre es un dare “algo”, i.e, un objeto, una cosa. Y así, incluso para nuestro derecho real contemporáneo, la traditio siempre se inscribe, precisamente, en un iuris in rem: un derecho sobre cosas. Tradición, entonces, a la que se recurre, en lo que aquí nos ocupa, para reforzar aún más el carácter objetual del animal-cosa, su más –metafísicamente jurídica y jurídicamente metafísica– des-animación.

Y lo hace en el marco de un derecho que entierra aún más sus raíces en el suelo de la subjetividad moderna, que olvida, en una amnesia selectiva, las existencias de vivientes no humanos, y apela a una “común” (nancyanamente, demasiado común, quizás) historia cárnica argentina. Las producciones del Instituto realzan con orgullo la bandera de la tradición: paño sagrado donde parecen intersectarse la matanza animal y los símbolos de “nuestra” historia. Y al compás de la música de Jesús María y de otros “eventos fuertemente arraigados en la tradición de los argentinos”[7], el fomento institucional ya no se reduce solo al comercio de vidas animales o de sus restos, sino que también teje alianza con las múltiples formas de violencias (en los que la doma constituye quizás la forma argentina arquetípica) que esa virilidad carnívora tan propia –al menos, en apariencia, inescindiblemente propia– de “nuestra” tradición, nos presenta à la carte.
 

IV. Producciones tanatopolíticas en la caza del consumidor

Lo expuesto en los apartados anteriores evidencia a todas luces cómo bajo la profusa legislación relacionada con el control y utilización de los animales subyace una  filosofía antropoespecista. Su análisis devela trayectorias discursivas conjugadas entre el discurso jurídico y el socioeconómico, al ritmo sedativo de una terminología que denomina con eufemismos una variada escala de malestares, tormentos y matanzas.

En leyes con objetivos como los estipulados por la 25.507 se observan territorios de excedencia del bienestarismo legal precisado por Gary Francione[8] –también llamado regulacionismo–. Accedemos a una dimensión del antropocentrismo jurídico donde claramente aparece lo que Mathew Calarco enumera como una de las características prácticas del antropocentrismo, el cual no es solo un aparato conceptual sino una serie compleja y entrelazada de prácticas materiales y discursivas[9]. Calarco subraya las “asociadas con la economía global capitalista y la mercantilización científico-tecnológico-corporativa de la vida animal…”[10] a las que agrega especialmente el derecho y la educación. En el caso del Instituto, se constituye como un fuerte polo de apoyo del Complejo de Industria Animal[11], trabajando en coalición con las corporaciones internacionales y los gobiernos locales. En este sentido, destaca el maridaje con la industria farmacéutica, productora de una cantidad impresionante de drogas y suplementos destinados a los llamados “animales de producción”: los traídos al mundo para habitar los designios de las tanatopolíticas que los producen para su destrucción.

La campaña inaugural del Instituto se filtra con comodidad entre las zonas culturales que aleccionan acerca de la vaca como alegoría de lo nacional, ícono para el turismo junto al tango y la cartografía corporal que la secciona clasificándola para su venta o procesamiento. Si el ya citado “referente ausente” implica la borradura del animal oprimido y matado –asesinado–, los mensajes del Instituto hiperbolizan su desaparición al crear una idea de buena salud y progreso como necesariamente dependiente de la producción y consumo de “carne”. Las vías de difusión proliferan en variados recursos: folletería, afiches, spots publicitarios, cursos, catálogos, revista CarneArgentina, sitios web, redes de enlace con grupos afines, canales de video, redes sociales, stands en ferias alrededor del mundo, informes, estadísticas de producción y precios, jornadas, concursos con premios, recetarios, boletines, libros, cuadernillos técnicos, investigaciones, láminas de cortes, de condición corporal y del infaltable bienestar animal. Y algo más, de especial atención: un juego digital para niños.

Si los primeros integrantes de la Sociedad Rural Argentina, fundada en 1866, impusieron la ley y el orden a los numerosos animales dispersos en territorio argentino que llegaron con la conquista española –víctimas en los siglos XVI y XVII de las sangrientas vaquerías–, los integrantes del Instituto los emulan munidos de los instrumentos biotecnológicos que ofrece el nuevo milenio. En materia de publicidad, la informática digital les permite potenciar la idea básica que el mercado propone como verdad científica y justificación universal de la crueldad institucionalizada: “La carne nos hace fuertes”. Este es el eslogan de la campaña lanzada en 2006 con gráficas en diarios y revistas más cartelería en la vía pública a lo largo de todo el país. En paralelo se lanzó la revista para niños Genios, con el típico relato aséptico donde los dibujos de vacas felices se entrelazan con un muy elaborado cuento de hábitos “naturales”: los “cortes” preferidos por los argentinos, los “mil y un usos”, el gran esfuerzo para ir del campo al súper –omitiendo el horror entre la figura de los camiones hacinados y la carne que deberá comprarse “en comercios habilitados”–, una cálida información de las relaciones entre vacas y terneros, el sello de Argentina que la designa como país “ganadero” y los secretos del asado: un clásico, dice el texto, pero hay que “aprender a hacerlo bien”.

Campaña gráfica IPCVA, 2006. Sumó spots televisivos y radiales.

En el año anterior, la misma campaña incluía los tres afiches con el mismo texto, pero ilustrados con primeros planos de carne humeante y jugosa, apelando directamente al placer del comensal. En uno de los sitios web del Instituto, se difunden acompañados de autoelogios por su eficacia de marketing originados, según se lee, por los comentarios volcados en los grupos de discusión encuestados. Manifiestan estar todos muy contentos con la objetividad de la campaña que explica porqué la carne “nos” hace fuertes: “Fortalece la Industria nacional/ alimenta la economía / nutre el empleo”. Nuevamente, sus postulados se significan como objetivos, científicos, o sea, incuestionables.[12]

Desde el activismo abolicionista, el Instituto de Liberación de la Vida Animal Argentina (ILVAA) rediseñó la campaña en versión abolicionista.

En el Cuadernillo técnico N°1: “Bienestar Animal y Calidad de la carne. Buenas prácticas de manejo del ganado” se advierte el porqué de la necesidad de su implementación:

En lo inmediato, porque nos lo exigen nuestros clientes internacionales (en especial, la Unión Europea), interesados en la calidad del producto final así como en la calidad de los procesos de producción.

Pero en el fondo, porque a todos los eslabones de la cadena cárnica argentina (criadores, invernadores, engordadores a corral, consignatarios, transportistas, frigoríficos, comerciantes de carne mayoristas y minoristas) les conviene: si se atiende al bienestar de los animales, se obtienen más y mejores carnes a menos costo.[13]

De lo que se trata es de saber engañar, aprovechar su sintiencia, características etológicas y “sus propios impulsos”[14] para minimizar el maltrato, pues si bien hacerlo da resultados, a la larga, trae pérdidas.

Estos parámetros pueden obtenerse, según el Instituto, también en los sistemas de cría intensiva. Argentina ya cuenta con leyes de bienestar para estas industrias. A partir de una iniciativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (“INTA”), y con el apoyo de universidades y organismos de Argentina, Suecia, Brasil y España, el Instituto anunció a principios de 2021 la obtención de un protocolo de bienestar animal para el sistema de engorde a corral. Al poco tiempo informaba acerca de las negociaciones con China, quien necesitaría importar más cantidad de “carne argentina”. Por su parte, en julio de 2021 el Banco Nación lanzó créditos por diez mil millones, con tasa bonificada por el Ministerio de Agricultura, para financiar a pequeños y medianos productores que podrán adquirir maíz para “el engorde de ganado bovino en corral”.

 

V. Conclusiones

Retornemos entonces al mensaje central. El discurso del Instituto remite, en conjunto, a una amalgama entre la madre-nutricia, la madre-patria y la madre-economía que simbolizaría “la vaca”. Ecuación cuyo resultado sería un argentino sano, orgulloso de su ciudadanía y con la subsistencia felizmente asegurada. La enunciación del gentilicio en masculino no resulta baladí: el consumo cárnico, ya bien lo sostuvo Derrida[15], es epítome de virilidad y hombría, y resalta en múltiples movimientos los valores tradicionales del “macho”, siempre alineados y fundantes de “lo nacional”. En aquel discurso se entreteje la más subjetiva metafísica jurídica con su correlato objetual: los animales (siempre en plural, siempre indiferenciados), carentes de vida, como aquello a utilizar por el humano, a fagocitar de la manera más cruenta y sangrienta imaginable, y, no sólo eso: la actividad pública se redistribuye y reorganiza en cuerpos como los aquí analizados que tienen un mandato específico (mandato: otra de las etimologías vinculadas al dare de la traditio): el de fomentar la matanza.

Como se habrá observado en virtud de la actividad reseñada en apartados anteriores, se procede a una cuantiosa inversión para formar un consumidor carnívoro cuyo deseo se procura capturar desde la niñez. Preocupados por el crecimiento demográfico humano, los productores humanistas ignoran –dicho solo en el sentido de dejar de lado– los procesos de sometimiento, separación de familias, encierro, hacinamiento, manipulación, apropiación de las crías, marcaciones, inoculaciones de antibióticos, hormonas y vacunas y, sobre todo, los centros de exterminio donde las vacas agonizantes se desangran –el 11% de su peso es sangre– para luego ser descuartizadas y separada su piel del cadáver. Sí, como señaló Charles Patterson[16], los mataderos fueron creados bajo la inspiración que proveyeron las cadenas de montaje de Henry Ford, pero en este caso hay desmontaje de víctimas cuyos cuerpos segmentados no representan ni siquiera una creación técnica.

Al Instituto lo acompañan propuestas similares directamente originadas en el ámbito estatal en su tarea de abroquelado entre la subyugación (sub-iugare, poner bajo yugo) materializada sobre los animales y el sojuzgamiento (so-iudicare, poner bajo la ley) de normas productoras de tramas subjetivadoras y relaciones societarias. El asado, la “carne”, cualquier parte del cadáver de un animal, no proviene, como pretende el régimen carnofalogocéntrico narrado en los discursos de sus promotores, de la carnicería o comercio local. Lo sostiene el viejo humanismo antropocéntrico que bulle en los mataderos.

 

[1] M. Horkheimer, “Der Wolkenkratze” en: Gesammelte Schriften Band 2: Philosophische Frühschriften 1922-1932, trad. a los efectos de este artículo por G. Ferro, Frankfurt am Main, Fischer Taschenbuch Verlag, 2012, pp. 379-380.

[2]  “...por ahí se dice que es demasiado dinero; y yo digo que no podemos determinar cuánto es demasiado o poco dinero para una promoción. Lo que sí debemos determinar es que necesitamos la promoción para que sea posible comercializar nuestras carnes a mayores precios y en mejores condiciones. Por lo expuesto, propongo a mis pares la aprobación de esta iniciativa, sin modificaciones” , y asimismo, “...dada la urgencia de los productores y teniendo en cuenta que se trata de una promoción, entendemos que este proyecto debe ser sancionado tal como viene de la Cámara de Diputados” (Cámara de Senadores de la Nación, “Versión taquigráfica 71º Reunión – 22º Sesión Ordinaria 14 de noviembre de 2011”, noviembre de 2011. Disponible en: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/sesiones/14-11-2001/71/downloadTac, pp. 26-27 [Fecha de consulta: 01/09/2021]. El resaltado es nuestro).

[3] Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina, “Bienestar animal en el IPCVA”, octubre de 2013. Disponible en: http://www.ipcva.com.ar/vertext.php?id=1221(Fecha de consulta: 30/08/2021).

[4] H. Salt, Animals’ rights – considered in relation to social problems, Pennsylvania, Society for Animal Rights, 1980, p. 9.

[5] Cfr. C. Adams, The Sexual Politics of Meat. A Feminist-Vegetarian Critical Theory, Nueva York, Continuum, 1990.

[6] Cfr., p.e., las disyuntivas sobre la naturaleza jurídica, la aplicación del derecho público y la autarquía en este tipo de entes en: A. Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo y obras selectas, Buenos Aires, Fundación de Derecho Administrativo, 2017, XIV-5.

[7] Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina “El IPCVA en Jesús María y Cosquín”, enero de 2005. Disponible en: http://www.ipcva.com.ar/vertext.php?id=303 (Fecha de consulta: 06/09/2021)

[8] G. L. Francione, Rain without Thunder. The Ideology of the Animal Rights Movement, Filadelfia, Temple University Press, 1996; G. L. Francione, Introduction to Animal Rights. Your Child or the Dog? Filadelfia, Temple University Press, 2000.

[9] M. Calarco, “Ser para la carne: Antropocentrismo, indistinción y veganismo”, Instantes y Azares. Escrituras nietzscheanas, vol. 13, primavera de 2013, pp. 19-36.

[10] Ibid., pp. 23-24.

[11] B. Noske, Beyond Boundaries. Humans and animals, Montreal, Black Rose Books, 1997.

[12] En tiempos de pandemia, con el dictamen también científico de ciertos expertos en nutrición y producción animal, aparece la palabra inmunidad en un nuevo afiche: afirman, sorprendentemente, que la carne fortalece el sistema inmunitario.

[13] Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina, “Bienestar animal y calidad de la carne: buenas prácticas del manejo del ganado”, Cuadernillo Técnico No. 1, mayo de 2006 p 2. Disponible en: http://www.ipcva.com.ar/files/ct1.pdf (Fecha de consulta: 06/09/21).

[14] Ibid. p. 6.

[15] Cfr. p.e. J. Derrida, “‘Il faut bien manger’ ou le calcul du sujet”, Cahiers Confrontation, vol. 20, 1989, pp. 91-114.

[16] Ch. Patterson, Eternal Treblinka. Our Treatment of Animals and the Holocaust, Nueva York, Lantern Books, 2002.

Octubre 2021  |  Categoría: Artículo

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