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TEOLOGÍA DE LOS ANIMALES

Compasión y justicia: notas sobre los aportes de Paul Brett para pensar nuestro vivir-con los animales

Camila Pérez Rizzo

En el presente texto nos proponemos realizar una reseña del artículo "¿Compasión o Justicia? ¿Cuáles son Nuestras Obligaciones Éticas Básicas hacia los Animales?" escrito por Paul Brett. El mismo busca indagar en el fundamento correcto para la postura ética de los humanos frente a los animales. Para ello, Brett parte de un doble problema: por un lado, el lugar jerárquico y de dominio en el que se ha ubicado el hombre; por el otro, los fundamentos de los grupos que se relacionan o defienden animales.

Sucede que, en los hechos, tenemos un tratamiento distinto hacia los animales más cercanos a nosotros – aquellos que consideramos “domésticos” – respecto de los que componen nuestra ingesta cárnica. En efecto, el autor señala: “¿Es posible que haya en nuestras mentes una especie de jerarquía del respeto que pone a aquellos animales con los que vivimos y trabajamos por encima de los animales en los que trabajamos?”[1]. Aunque en ambos casos podemos afirmar un dominio de parte del humano, en el primero éste se parece más al cuidado y la conservación, mientras que en el segundo toma la forma de la explotación. Con todo, la fundamentación de esta doble consideración está dada, por momentos, por motivos emocionales – el cariño y la cercanía en términos afectivos que tenemos hacia nuestras mascotas no sería la misma que la que podemos tener hacia las vacas – o por otros de característica racional – por ejemplo, la presunta carencia de razón de la que se deduce la ausencia de dolor en los animales.

Brett anuncia que en el cristianismo se ha propagado un cuestionamiento creciente hacia la interpretación cristiana clásica respecto de la dominación del hombre sobre los animales, bajo el cual ha comenzado a comprenderse que el dominio al que se refiere el Génesis I no debe ser considerado en términos de explotación[2]. Podemos pensar que aquel paradigma que diagnosticaba Brett al escribir su artículo en 1988 ha ido en aumento hasta llegar al punto en que el Papa Francisco anunciará el “cuidado de la casa común” en su Laudato Si’. Ahora bien, si en las Escrituras la humanidad y la naturaleza aparecen unificadas como en un todo del cual todas sus partes conforman la creación divina y son dependientes unas de otras y condena, en este sentido, la explotación hacia los animales, ¿cuál de todas las prácticas ensayadas en la relación que tenemos con ellos es más coincidente con el pensamiento cristiano?[3] La pregunta no sólo apunta a dueños de mataderos, a competidores de la caza o la pesca deportiva, a investigadores de laboratorio y científicos que practican sobre los cuerpos de los animales. Ni siquiera se aboca únicamente a quienes los consumen en su alimentación cotidiana. El interrogante sobre la fundamentación de las obligaciones éticas y lo que el cristianismo puede aportar a ellas dirige su análisis, fundamentalmente, a las prácticas de las organizaciones – ya sea empresariales y estatales, ya sea voluntarias – que se ocupan del tratamiento de los animales.

En la búsqueda de la elaboración de una respuesta, nuestro autor realiza un diagnóstico de los paradigmas de las organizaciones en cuestión – centrado, sobre todo, en las que son foráneas de Gran Bretaña pero que se puede hacer extensivo a otras. Por ejemplo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) había ya en 1965 publicado una serie de “recomendaciones” para tener en cuenta las “necesidades básicas” de los animales, entre las cuales se destacan el acceso a agua y alimento, la garantía de un refugio confortable, la libertad de movimiento y el “evitar mutilaciones innecesarias [cursivas nuestras]”[4]. Con todo, se exceptuaron de las propuestas del MAPA a los ovinos, caprinos y ciervos de granja[5]. Luego, Brett analiza el caso de las organizaciones en defensa de los animales, en las cuales se destaca su oposición a los sistemas de baterías de jaulas para gallinas y la ganadería intensiva de cerdos, así como la experimentación con animales, siempre que cause algún tipo de dolencia, y las repeticiones innecesarias de dichos experimentos[6]. Finalmente, en lo que refiere a las organizaciones cristianas en defensa de los animales, el autor repone algunos ejemplos del reporte Animales y Ética en el que se establecen recomendaciones cuyo eje es “’el compañerismo entre los diferentes órdenes de la creación viviendo codo a codo en un único mundo; también para el hombre, a quien le toca una responsabilidad especial por su rol de administrador’. Su ocupación moral – escribe Brett – está en la reducción del ‘sufrimiento evitable [cursivas nuestras]”[7].

En síntesis, sea cual fuere el agrupamiento u organismo en cuestión, en cada uno de ellos se destaca la preminencia de evitar el sufrimiento siempre y cuando éste sea innecesario. Es decir, no se establece un paradigma cuyo propósito sea reconocer a los animales no humanos un valor intrínseco que dictamine el respeto hacia dichas formas de vida, tenga o no el hombre que renunciar a aquello que considere “necesario”; por el contrario, la medida de dolor justificada está signada por la perspectiva y el dictamen humano – el cual justificaría el trato diferencial a los animales domésticos. Pero, volviendo a la cuestión que señalamos al inicio, la finalidad del rodeo que da Brett es intentar encontrar un fundamento que nos sirva para responder a la pregunta por nuestras obligaciones éticas básicas hacia los animales. Hasta aquí, lo que tenemos es una batería de planteos que defienden – como ya señalamos – evitar el sufrimiento animal siempre y cuando éste no sea necesario. Ahora bien, si volvemos sobre la idea del Génesis I – retratada más arriba – que nos propone una comunidad en la cual, si hay un dominio del hombre, éste no debe efectuarse como explotación, entonces es válido preguntarnos si las ideas examinadas cumplen o no con este principio ético y teológico y si podemos fundamentar a partir de ellos nuestras acciones morales. En contraposición a la corriente del “sufrimiento innecesario”, nuestro autor nos propone examinar si es posible construir nuestra ética hacia los animales sobre otros cimientos.

En efecto, Brett se pregunta si la emoción podría ser uno de ellos, teniendo en cuenta la repulsión que nos produce ver a un animal siendo torturado. Por un lado, la emocionalidad resulta una base un poco incierta – “¿cómo podemos saber que será correcto el desprecio que nos causaría el sufrimiento de un ratón de laboratorio si no nos oponemos también al sufrimiento de los pobres o al de las personas víctimas de violencia?”[8]. Por el otro, hay un rasgo esencialmente positivo de la emoción, a saber, no sentimos ninguna emoción por lo que pueda pasarle a una piedra o a cualquier objeto inanimado como sí nos pasa con los animales: “las criaturas animadas tienen cierta afinidad entre ellas que nos muestra que el sentimiento de compañerismo es una responsabilidad adecuada a las circunstancias. Sentimos algo por ellos porque, en cierto sentido, somos uno con ellos. Esta línea argumentativa, tan natural y tan general, contrasta la antigua tradición que promueve la discontinuidad entre humanos y animales en tanto los segundos no razonan”[9]

En una segunda parte del estudio, el análisis ronda alrededor de la idea de responsabilidad ante la creación y el rol del hombre como su administrador. Pero nuevamente nos encontramos con principios que resultan endebles en tanto presuponen cierto antropocentrismo. A saber, en ambos casos, podemos decir que si el hombre es el responsable de administrar la creación – cuidarla, garantizar su nutrición, conservarla y protegerla – esto da lugar a la posibilidad de afirmar cosas tales como que “si reducimos las hormonas que inyectamos a los animales, podemos terminar envenenándonos a nosotros mismos”[10].

Ahora bien, si la emoción y la responsabilidad son bases insatisfactorias para pensar nuestras obligaciones éticas hacia los animales no humanos, ¿qué es lo que nos queda?[11]. La compasión implica el reconocimiento de la existencia continua con un otro: “es el sufrir con – no meramente para – otras criaturas. Es reconocer con el corazón y con la mente que humanos y animales estamos hechos de lo mismo y que de ello se desprenden nuestras obligaciones morales (…). [La compasión] involucra ‘imaginar el vivir en la condición del otro… una activa consideración por su bien [cursivas nuestras]”[12]. Es decir, se trata de comprender que, aunque hemos nacido de lo mismo no somos idénticos y que, por lo tanto, es imperativo el reconocimiento del otro en tanto otro - no para un otro ni como un otro.

Finalmente, “reconocer al animal como una otredad, y su lugar junto a los humanos, es reconocer que ellos están aquí porque tienen su propio derecho a estarlo y que éste no es menor que el nuestro. Es empezar a ver nuestra relación con los animales como una cuestión de justicia”[13]. Consideramos, en este sentido, que la justicia tiene que ver con el reconocimiento de la otredad que es el animal y la edificación de un respeto hacia el mismo que no parta de la búsqueda de identidades. Es cuando la justicia parte de la compasión que esto se vuelve posible.

“La conclusión que emerge inexorablemente es que nuestras obligaciones mínimas hacia los animales son una cuestión de justicia. Es el reconocimiento de que compartimos el mundo con ellos, de que ambos tenemos el lugar y el derecho de estar aquí así como de alcanzar el propósito, sea cual sea éste, que Dios en la providencia ha determinado para todos nosotros”[14], es decir, toda acción que realicemos debe encajar con este reconocimiento hacia el otro, hacia su lugar y también hacia el vivir-con el otro respetando su otredad y el derecho intrínseco que sobreviene en ella.

 

[1]   P. Brett, “Compassion or Justice? What is our Minimum Ethical Obligations to Animals?” en A. Linzey (ed.) y D. Yamamoto (ed.), Animals on the Agenda: Questions about Animals for Theology and Ethics, Gran Bretaña, Illini books ed., 1998, p. 225

[2] Cfr. Ibíd., p. 226

[3] Cfr. Ídem

[4] Ibíd., p. 227

[5] Cfr. Ídem

[6] Cfr. Ibíd., p. 229

[7] Ibíd., p. 232

[8] Ibíd., p. 233

[9] Ídem

[10] Ibíd., p. 234

[11] Cfr. ibíd., p. 235

[12] Ídem

[13] Ídem

[14] Ibíd., p. 236

Agosto 2023  |  Categoría: Artículo

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